jueves, 12 de julio de 2018

Día del abogado





Recuerdo el primer día de clase de la carrera de derecho, la persona catedrática se tomó el tiempo de preguntarnos sobre las razones que nos llevaron a decidir estudiar leyes, las respuestas variadas en su expresión contenían un mismo hilo conductor, queríamos trabajar para que hubiera más justicia. Me imagino que todas las personas que estudiamos esta profesión tuvimos un momento común de reflexión sobre el porqué decidimos convertirnos en abogados, y seguramente hubo en las respuestas el mismo consenso.

Empero, ¿Qué es justicia?, Si partimos de la idea de Ulpiano de que justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que es suyo, estamos colocándonos en una sola vertiente del acceso a la justicia, y por lo mismo estamos restringiendo ese derecho y reduciendo a la mitad nuestro ejercicio profesional. Me explico.

Que la justicia tenga que ser dada entraña una labor heterocompositiva, se refiere de manera exclusiva al proceso jurisdiccional, al fallo del tribunal, a la decisión de adjudicación de la razón o del mejor derecho. Esta forma de acceso a la justicia está contenida en el segundo párrafo del artículo diecisiete constitucional, que establece que en México toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

Pensar de esta manera deja fuera otra forma de acceso a la justicia, una manera que no depende de que un tercero investido de facultades de decisión y del poder para hacer valer sus determinaciones imponga, mediante el fallo, qué es lo que le corresponde a cada quien.  Esta otra forma también está prevista por nuestra carta magna, en el mismo numeral que prevé la jurisdicción, en su párrafo quinto se establecen también como vía de acceso a la justicia los mecanismos alternativos de solución de controversias, los MASC.

Los MASC son una forma de acceso a la justicia con la misma dignidad constitucional que la jurisdicción que permiten que las partes sean las dueñas de la solución y que la alcancen mediante el diálogo estructurado profesionalmente por un facilitador privado o público, sus valores inherentes son la cesión, la colaboración, y la multilateralidad, y los acuerdos alcanzados mayormente tendrán la forma de la transacción.

Entonces, si como abogado quiero garantizar a mi cliente el acceso completo a la justicia tendrá que ser un profesional que ponga al alcance de mis representados ambas vías, sin privilegiar únicamente una por un modelo de negocio que he aprendido, porque antes que empresario soy un la puerta de entrada al ejercicio y goce de éste y de los derechos previstos en las convenciones internacionales y en nuestra carta magna.

Comparto esta breve reflexión hoy que celebramos en México el día del abogado, deseando a todas y todos mis colegas muchas felicidades por haber elegido esta profesión y por hacer de ella con su actuar ético y profesional la primer línea de defensa del ejercicio completo de los derechos de las y los mexicanos, especialmente el derecho de acceder a la justicia.



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