martes, 24 de julio de 2018

Proceso de círculo en Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, caso práctico.





Escribo esta entrada a efecto de ayudar a colegas facilitadores que han contemplado llevar a cabo procesos de círculo para hacer efectivo el principio de justicia restaurativa (Artículo 21, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes), y para efecto de alcanzar una solución alterna al conflicto penal, y para ello usaré como referencia el primer proceso de círculo para plan de reparación (suspensión condicional) que se ha realizado en sede judicial en Coahuila. 


El proceso se llevó a cabo en el Centro de 
Justicia Penal de Torreón, Coahuila.

Preparación. 

1) Ayuda psicológica. El conflicto penal que se abordó fue de hechos que la ley señala como delito de homicidio, por lo que me pareció de importancia la intervención profesional de una psicóloga, me era importante que tanto víctima indirecta como persona adolescente, además de manifestarme la voluntad de ser parte de un círculo, estuvieran en la posibilidad de entrar en un proceso dialógico para la toma de decisiones, lo que llevó dos meses de trabajo psicológico. 

2) Información para los operadores. Los operadores, tanto juez de control, defensa, y acusación, deben también estar al tanto de la teleología del proceso de círculo, para que estén en la mejor disposición de participar en sintonía con la naturaleza de este tipo de encuentro restaurativo, por lo que también se tuvo que hablar con cada uno de ellos. 

3) El espacio. Para la realización del proceso se debe de contar con iluminación adecuada, ventilación confortable, sillas cómodas para poder atender lo que se dice durante algunas tres o cuatro horas, y tener pocos elementos visuales que puedan distraer, por lo que se tuvo que hablar con el administrador del centro de justicia penal para que se asegurara un espacio con estas características.

4) Los facilitadores. Antes de llevar a cabo el proceso de círculo, los facilitadores (que fuimos Sara Guerrero @SaraG_Tec y un servidor @Lic_Santiago) trabajamos en la definición de las preguntas guías, los roles, la pieza de habla, el centro, el acomodo de los participantes, y los requerimientos materiales.

5) Los recursos materiales. Con el objetivo de ayudar a que los intervinientes estuvieran cómodos, no solamente se pensó en el tipo de sillas, sino además se colocó una mesa con aguas embotelladas, café, y galletas. También, cada uno de los facilitadores llevamos una tabla con clip en donde teníamos impreso la disposición de los intervinientes en el círculo, las condiciones que la ley prevé para la solución alterna de suspensión, y hojas para la toma de notas.  Finalmente se adquirieron porta gafete y clips para gafetes, marcadores, y gafetes, para que cada uno de los intervinientes pudieran escribir su nombre (o cómo querían que se les dijera).

Mesa con aguas embotelladas, café, y galletas, facilitada por el administrador
del Centro de Justicia Penal de Torreón.

Intervinientes. 

En el proceso de círculo en comento participaron: 
  • La persona adolescente.
  • La víctima indirecta (madre de la persona adolescente, situación extraordinaria).
  • El padre de la persona adolescente.
  • La hermana de la persona adolescente.
  • La tía materna de la persona adolescente.
  • La vecina de la familia. 
  • La psicóloga que trabajó con la familia para que pudieran llevar este proceso.
  • Una maestra de la escuela de bachilleres de la persona adolescente. 
  • Una agente de la policía municipal que ha estado apoyando a la madre desde el suceso.
  • Dos agentes del ministerio público.
  • La defensora pública de oficio. 
  • El administrador del centro de justicia penal.
  • La jueza de control.
  • Los dos facilitadores.
16 participantes incluyendo los facilitadores, foto cortesía del Centro de Justicia Penal.

En todos los casos se cumplió el extremo a que refiere el artículo ochenta y nueve de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Duración del proceso de círculo.

Como hubo dos meses de preparación, a pesar de lo complicado que resultaba el suceso (la madre de la persona adolescente era la víctima indirecta), todas las personas que estuvimos presentes estábamos conectados en intención y compromiso, e incluso en los momentos más difíciles del círculo, la actitud de respeto, aceptación, apertura, empatía, y búsqueda de sanación, lograron que este proceso dialógico llegara a buen puerto después de casi cuatro horas.

Resultado.

Ese mismo día, la defensa, la persona adolescente, los padres del adolescente, los agentes del ministerio público, y por excepción debido a nuestra participación en el proceso de círculo, los facilitadores, la maestra, y la policía municipal, atestiguamos la audiencia de aprobación de suspención condicional, la aprobación de las condiciones por parte de la autoridad jurisdiccional fue un momento en que todas las personas que formamos este  proceso de sanación presenciamos el inicio de una senda nueva para la persona adolescente, su familia, y la comunidad una senda restaurativa y la materialización de otra manera de entender la justicia. 

Nota. Quiero dejar testimonio de mi agradecimiento personal a la jueza María Luisa Valencia García por su apertura y visión porque estoy cierto que sin ello, este proceso no hubiera sido posible ni exitoso.




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