viernes, 12 de agosto de 2016

Justicia y salidas al proceso penal en México.


Justicia y salidas al proceso penal en México.

"...con tantas salidas que están dando es donde se está rompiendo con la justicia y se da pauta para que se rompa con la seguridad pública..."

En abril de 2016, se realizó en La Paz (BCS) un encuentro de estudiantes de la carrera de Derecho, auspiciado por la Universidad Autónoma de Baja California Sur, acudió por invitación de aquella casa de estudios un profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México, quien abordó los retos que según su parecer presenta el sistema penal acusatorio para los abogados.

Según se reproduce en esta nota el nuevo sistema de justicia penal es un "terror jurídico" porque les da muchas oportunidades a los ofensores, tantas que se privilegia la no encarcelación, ya que según su entender la reforma de seguridad y justicia de 18 de junio de 2018 busca, entre otras terribles metas, el que quienes cometan hechos que la ley califica como delitos no vayan a prisión: 

"no porque los reclusorios estén llenos vamos a dejar que la gente salga"

Continúa el artículo con citas del entrevistado quien señala: "El problema del Nuevo Sistema no es tanto los grandes beneficios -para la persona señalada como culpable de algún delito-, sino todas las salidas que hay; y que la víctima queda desamparada".

Al respecto haré la siguiente anotación:

El SJPA (Sistema de Justicia Penal Acusatorio) tiene como eje rector la reparación del daño y su centro son precisamente las personas a quienes el proceso deberá asegurar la reparación, esto es víctimas y ofendidos.

Existen en el SJPA salidas al juicio, tres de ellas son de carácter heterocompositivo, esto es, que su calificación dependerá de la decisión impuesta por autoridad ministerial o jurisdiccional (de control), a saber:

  • Criterios de Oportunidad.
  • Suspensión del proceso a prueba (planes de reparación).
  • Juicio abreviado.
Además existe una salida alterna de carácter autocompositivo, esto significa, que la salida será construida de manera voluntaria y directa por víctima, ofendido, y ofensor, con la asistencia experta de un tercero facilitador que les asistirá en encontrar maneras de atender las necesidades y responsabilidades emanadas del hecho que ha dañado u ofendido (delito), a saber:

  • Mecanismos Alternativos de Solución de Controverisas (acuerdo reparatorio a través de mediación, conciliación o junta restaurativa, que habrá de ser calificado por autoridad ministerial o jurisdiccional dependiendo del momento en que se encuentre la investigación).
Las salidas al proceso no buscan la apología del delito o vaciar las cárceles, es importante señalar esto, sino que por el contrario su meta es facilitar el acceso a la justicia por caminos distintos a la decisión jurisdiccional de absolución o castigo.

Lamentablemente muchos se resisten a este cambio y aún que la implementación del sistema penal acusatorio en México es una realidad, apuestan por una contrareforma (todavía) y en volver a un sistema inquisitivo mixto en que no exista presunción de inocencia y en el que la justicia sea sinónimo de venganza, pena o castigo. 

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